1)a) La ley define como bosques nativos a los ecosistemas forestales naturales compuestos predominantemente por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociadas, en conjunto con el medio que las rodea(suelo,subsuelo,atmósfera,clima,recursos hidricos), conformando una trama con características propias y múltiples funciones que le otorgan al sistema una condición de equilibrio pudiendo brindar diversos servicios ambientales a la sociedad, y diversos recursos naturales con posibilidad de utilización económica.
Esta definición comprende a los bosques nativos de origen primario, donde no intervino el hombre, como aquellos de origen secundario formados luego de un desmonte, así como aquellos resultantes de una recomposicion o restauración voluntarias.
1)b) Los principales servicios ambientales que los bosques nativos brindan a la sociedad son:
- Regulación hidrica
- Conservación de la biodiversidad
- Conservación del suelo y de la calidad del agua
- Fijación de emociones de gases con efecto invernadero
- Contribución a la diversificación y belleza del paisaje
- Defensa de la identidad cultural
1)c) Las categorías de conservación de los bosques nativos son las siguientes:
Categoría 1(rojo):
Abarcan sectores de un muy alto valor de conservación que no deben transformarse, ubicadas en zonas de reservas con valores biológicos sobresalientes que incluye la protección de sus cuencas para que estos bosques persistan, aunque estos sectores puedan ser hábitat de comunidades indígenas y objeto de investigación científica.
Categoría 2(amarillo):
Abarcan sectores de mediano valor de conservación, que pueden estar degradados y atendidos para ser restaurados. Podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.
Categoría 3(verde):
Sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad dentro de los criterios que establece la ley 26331.